ROBERT BOSCH ESPAÑA, SLU, sociedad constituida de acuerdo con la legislación española y
perteneciente al Grupo Bosch, con domicilio social en Madrid, calle de los Hermanos García Noblejas,
19, 28037, Madrid, con CIF nº B-82203704, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo 13.749,
Folio 151, Hoja M-224.420 (en adelante, “Bosch”), es la organizadora de la promoción “ACCESORIOS
PARA NIVELES BOSCH PROFESIONAL” (en adelante, la “Promoción”).
Al participar en la Promoción, se aceptan las siguientes bases particulares (las “Bases Particulares”)
según se exponen a continuación:
La Promoción tiene lugar entre el 01.01.2026 (0:00 h) y el 30.04.2026 (0:00 h) (en lo sucesivo, "Periodo
de Promoción").
Para poder participar en la Promoción, se deberá proceder como se indica a continuación dentro del
Período de Promoción:
1) Comprar una herramienta de nivelación o un set de nivelación Bosch Professional con tecnología
láser u óptica (en adelante, los "Productos de la campaña") en línea o en una tienda dentro del
Período promocional. Están excluidas de esta Promoción herramientas usadas,
reacondicionadas, gama b, de segunda mano o similar.
2) Visitar la página web de PRO Deals: https://www.boschprofessional.com/es/es/pro360/prodeals/. Esta página le llevará a la aplicación web de PRO
Deals (en adelante, “PRO Deals”).
3) Al participar en las ofertas PRO Deals, se deberá crear un perfil personal de usuario PRO360,
si no existe ninguno todavía. Puede encontrar más información sobre el PRO360 en los
Términos y Condiciones Generales, que se pueden ver aquí www.pro360.com/prodeals.
4) Escanear el código de embalaje a través de un smartphone o tablet o introducir el número de
serie, el número de máquina y la fecha de compra.
5) Hacer una foto a su factura y subirla a la web. La factura ha de ser legible y visible. Asimismo,
se ha de mostrar claramente el Producto en Promoción y la fecha de la compra. Tachar el precio
de compra si es posible.
6) Elija un regalo entre la selección (tal y como se explica más detalladamente en la sección 4),
que se obtendrá siempre y cuando cumpla con todos los términos y condiciones de esta
Promoción.
7) Introducir su dirección de entrega y completar el proceso de participación.
La compra de la herramienta de medición profesional tiene que ser realizada dentro del Periodo
de Promoción. Es imprescindible que la fecha de la factura esté dentro de dicho Periodo de Promoción.
Si la fecha de la factura está fuera del Periodo de Promoción, será responsabilidad del usuario
profesional o consumidor, acreditar debidamente a Bosch que la herramienta fue comprada dentro del
Periodo de Promoción. Bosch valorará la mencionada acreditación facilitada por el usuario profesional
o consumidor y, en el supuesto de que no esté debidamente justificada, Bosch se reserva el derecho
a denegar la entrega al usuario profesional o consumidor del regalo objeto de la Promoción.
La solicitud de los regalos puede hacerse, sin excepción, hasta treinta (30) días después de la fecha
de fin de la Promoción.
Como recompensa por la compra de un Producto Promocional, podrá seleccionar un accesorio de una
lista predeterminada según su compra. Para averiguar qué recompensas están disponibles en las
herramientas de medición profesionales de Bosch, visite el sitio web de PRO Deals. Puede encontrar
la lista de accesorios disponibles en esta promoción en el sitio web de PRO Deals
www.pro360.com/prodeals. Regalos disponibles hasta agotar las 200 unidades disponibles. Solo
recibirá un (1) regalo por cada referencia.
El premio no podrá cambiarse por ningún otro artículo, ni por su valor en metálico, ni por ningún
equivalente en servicios.
Pueden participar todas las personas físicas que hayan cumplido 18 años. La Promoción está dirigida
tanto a consumidores como usuarios profesionales. A efectos de las presentes condiciones de
participación, se considera "consumidor " a toda persona natural que participe en una transacción con
fines total o principalmente ajenos a su actividad comercial, empresarial, artesanal o profesional, y
"usuario profesional" a toda persona natural o jurídica que, al celebrar el contrato, actúe con fines
relacionados con su actividad comercial, empresarial, artesanal o profesional, ya sea personalmente o
a través de otra persona que actúe en nombre del empresario o por su cuenta.
Los usuarios profesionales pueden participar en la Promoción un máximo de 5 veces durante el periodo
establecido en el apartado 3 (por cada Producto en Promoción adquirido). La participación de los
consumidores está limitada a un máximo de 2 participaciones durante el periodo indicado en la sección
3.
La Promoción no se puede combinar con otras promociones y descuentos del Grupo Bosch. La
Promoción se aplica exclusivamente a la compra de uno de los Productos en Promoción realizada a
un distribuidor, sea online o sea en una tienda física, ubicado en España. En caso de desistimiento,
cancelación o resolución del contrato de compra, no tiene derecho a participar en la Promoción. En
caso de devolución del Producto en Promoción, deberá devolver el regalo a Bosch, si ya hubiera sido
entregado. No se permite la venta o distribución de los regalos recibidos.
La entrega del regalo tendrá lugar en el plazo de 8 semanas tras su solicitud (a menos que se indique
lo contrario en el sitio web www.pro360.com/prodeals). Bosch asume los costes del envío del regalo.
El envío se realizará sólo en España. Por motivos logísticos, no se realizarán envíos a Ceuta o Melilla.
No es posible cambiar ni recoger personalmente el regalo, ni sustituirlo por un pago en efectivo.
En caso de dudas relacionadas con PRO Deals, contacte con Bosch dirigiendo un correo electrónico
a prodeals@bosch.com.
BASES GENERALES DE CAMPAÑAS PROMOCIONALES
Las presentes bases establecen las reglas generales de participación en las campañas promocionales
organizadas por Robert Bosch España, S.L.U., sociedad de nacionalidad española, con domicilio social
en la calle de los Hermanos García Noblejas, 19, 28037 Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de
Madrid, al Tomo 23.043, Folio 219, Sección, 119, con el número M-224420 y con C.I.F. B-82203704
(“Bosch”).
La lectura y aceptación de estas bases generales (las “Bases Generales”) será sin perjuicio de la
lectura y aceptación de las bases particulares relativas a cada campaña promocional.
En caso de discrepancia entre las Bases Generales y las bases particulares, prevalecerán las bases
particulares.
1.1. A los efectos de las Bases Generales, se entenderá por “campaña promocional” cualquier sorteo,
concurso o cualquier otra acción de marketing desarrollada por Bosch para su participación por parte
de los clientes, sean efectivos o potenciales.
1.2. La participación en cualquier campaña promocional presupone el conocimiento y la aceptación
íntegra y sin reservas ni condiciones de las Bases Generales y, en su caso, de sus modificaciones y
adiciones, así como de cualquier otra regla complementaria contenida en las bases particulares de
cada campaña promocional.
2.1. Podrá participar en una campaña promocional cualquier persona con residencia en España o
Portugal. Si fuera menor de edad, deberá acreditar la autorización de la persona que ejerza su tutela
o guarda legal.
2.2. No podrán participar los colaboradores de Bosch ni de otras empresas del Grupo Bosch en España
o Portugal, ni sus familiares hasta el tercer grado directo o colateral, por consanguinidad o afinidad.
2.3. Bosch podrá analizar los elementos de identificación de todos los participantes.
2.4. Si Bosch así lo requiere y dentro del plazo que fije para ello, el participante deberá acreditar que
reúne las condiciones necesarias de participación en la campaña promocional, en caso de no hacerlo
es posible el descarte de su participación. Si el participante no acredita de forma suficiente que
concurren las condiciones necesarias y el premio se ha entregado ya, Bosch podrá exigir su
devolución.
3.1. No se atenderá la solicitud de participación de quienes la presenten fuera del plazo que figura en
las bases particulares, tampoco las que no reúnan las condiciones necesarias de participación
previstas en las Bases Generales y/o en las bases particulares de cada campaña promocional, así
como aquellos que violen cualquier disposición de dichas bases o cualquier disposición de la
legislación aplicable.
3.2. No se considerarán a los participantes que:
3.2.1. Recurran a la creación de perfiles ficticios mediante la utilización de direcciones de correo
electrónico ficticios o datos de registro falsos, imprecisos o incompletos, así como, aquellos que
recurran a estrategias y mecanismos inapropiados para ganar, en particular, a los participantes
que recurran a mecanismos de manipulación o supresión de datos a través de programas
informáticos ilícitos y que sean susceptibles de alterar cualquier resultado para favorecerlos
respecto a los demás participantes.
3.2.2. Sean sospechosos de utilizar programas informáticos, o cualquier otro artificio técnico
(hacking o cheating), permitiendo participaciones automáticas o de otro tipo para aumentar la
puntuación.
3.3. Los fundamentos enumerados en el número 3.2, son a título meramente ilustrativo. Cualquier otro
tipo de participación fraudulenta que viole la legislación aplicable, hará que la solicitud de participación
no sea tenida en cuenta.
3.4. En caso de no tener en cuenta la participación, Bosch podrá no hacer efectivo el premio.
3.5. La decisión de Bosch de descalificar o excluir alguna participación de una campaña promocional
es irrecurrible.
4.1. El derecho al premio de cualquier campaña promocional es personal e intransferible, no siendo
efectivo el cambio en metálico. El premio no puede ser sustituido por otro producto y es libre de
cualquier cargo o gasto adicional, sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 7 de las presentes Bases
Generales.
4.2. Cualquier campaña promocional, salvo disposición contraria en las bases particulares, no es
acumulable con otras promociones, ofertas y/o campañas en vigor en los establecimientos de venta
de productos de la marca Bosch.
4.3. La oferta se limitará al stock existente que, en su caso, se concretará en las bases particulares.
4.4. El participante de cualquier campaña promocional no será resarcido si, por motivos ajenos a
Bosch, no puede disfrutar del premio que eventualmente le corresponda.
4.5. La imposibilidad de entrega del premio de la campaña promocional por circunstancias ajenas a
Bosch, en el plazo que se mencione en las bases particulares, determinará la pérdida de cualquier
derecho del participante sobre el premio.
4.6. Bosch no se responsabiliza de la pérdida, deterioro, robo o cualquier otra circunstancia que sufran
los premios imputables a terceros que afecte a la campaña promocional.
5.1. Hasta el tiempo máximo permitido por la legislación aplicable. Bosch podrá libremente y en todo
momento, cancelar o anular cualquier campaña promocional en curso, sin que ello implique ninguna
obligación de indemnización o de compensación, por cualquier forma que sea, a cualquier participante.
5.2. Todos los contenidos ofrecidos por los participantes en el marco de las campañas promocionales
serán de exclusiva responsabilidad de los mismos, por lo que en ningún caso podrá Bosch ser
responsabilizada por dichos contenidos, así como por cualquier daño que los mismos causen, en
particular, a la imagen, la reputación y / o al buen nombre de terceros. De igual modo, es
responsabilidad exclusiva de los participantes instalar y actualizar el software utilizado para prevenir
cualquier tipo de daño, no siendo Bosch responsable de los daños directos o indirectos derivados de
la participación en las campañas promocionales.
5.3. Bosch no se responsabiliza por la utilización, en el marco de cualquier campaña promocional, de
cualquier contenido eventualmente protegido, en particular, por derechos de autor, siendo la utilización
de estos contenidos de responsabilidad exclusiva de los participantes.
5.4. Bosch no será responsable de la imposibilidad de participar en cualquier campaña promocional
debido a fallos, errores en la red, o mal funcionamiento del sitio web, ni se responsabiliza por cualquier
registro mal efectuado, atrasado o no entregado en el periodo de tiempo correspondiente.
5.5. Bosch no se responsabiliza de los defectos o faltas de conformidad de los productos en que
consistan los premios en cuanto que no sean fabricados o distribuidos por Bosch. En la medida en que
se traten productos no fabricados o distribuidos por Bosch, la garantía de dicho producto se regirá
según lo establecido en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
5.6. Bosch no se responsabiliza de ningún acto ilícito cometido por el participante en el marco de la
campaña promocional. El participante se obliga a mantener indemne a Bosch frente a cualquier
reclamación de terceros por dichas infracciones.
6.1. De conformidad con lo dispuesto por la normativa de protección de datos, se comunica a los
participantes que los datos facilitados a través de la campaña promocional, se materialice ésta en
forma de sorteo, concurso o cualquier otra modalidad, serán tratados por Robert Bosch España, S.L.U.
como responsable de tratamiento, con la finalidad de:
- Gestionar dicha promoción de conformidad con lo expuesto en las presentes bases, para la
prevención del fraude.
- Control de participaciones contrarias a las presentes Bases Legales.
- Gestión de la entrega del premio, en caso de que usted resultara premiado.
- Cumplimiento de cualesquiera obligaciones fiscales o de otra índole que se apliquen en relación
con la Campaña.
- Publicación en medios de los ganadores.
La base jurídica que legitima este tratamiento es a ejecución de lo dispuesto en las presentes bases
legales. Para la consecución de las finalidades del tratamiento indicadas, pueden producirse
comunicaciones de datos a las entidades encargadas de la gestión y entrega de los premios (en caso
de resultar ganador), así como a las autoridades fiscales pertinentes (en el caso de que la valoración
del premio implique realizar una retención).
6.2. Los datos de los participantes serán tratados durante el plazo que dure la mencionada campaña
promocional, así como el tiempo necesario para cumplir las obligaciones legales pertinentes. No
obstante, si el mecanismo de participación utilizado implica su inclusión en FanPages de Facebook o
medios similares, puede que los datos personales queden publicados indefinidamente en dichos
medios hasta que el participante decida borrar su participación. Por su parte, los datos de los
ganadores serán tratados indefinidamente en los medios en los que se hayan publicado sus datos
hasta que decidan solicitar a Bosch que borre dicha publicación.
6.3. El participante podrá en cualquier momento ejercitar su derecho de acceso, rectificación,
cancelación, solicitar la limitación del tratamiento, la portabilidad de los datos y el olvido de los mismos
en el enlace https://request.privacy-bosch.com/. Si entendiese que sus derechos no han sido
satisfechos, podrá dirigirse al delegado de protección de datos personales de Bosch, remitiendo una
carta a la atención de “Data Protection Officer (C/ISP)”, a la dirección “Post office box 30 02 20, 70442
Stuttgart, Alemania” o por correo electrónico a dpo@bosch.com, o bien presentar una reclamación ante
la Agencia de Protección de Datos española, sita en la calle Jorge Juan 6, 28001 Madrid
(www.agpd.es).
7.1. A los premios que sean entregados en el marco de las campañas promocionales, les será de
aplicación la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
y demás disposiciones concordantes, por lo que, en su caso de que así lo exija la normativa vigente,
corresponderá a Bosch la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, “I.R.P.F.”), o en su caso la fiscalidad
que al efecto corresponda a la posible persona jurídica al que le sea entregado un premio en el marco
de la presente campaña promocional.
7.2. En ese sentido, de conformidad con lo establecido en el artículo 101.7 de la Ley 35/2006, de 28
de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el artículo 75.3.f) del
Reglamento de desarrollo de esa Ley, Bosch deberá practicar la oportuna retención o ingreso a cuenta
respecto a cualquier premio relativo a las campañas promocionales cuyo valor supere los 300 €, o
aquellos valores que en cada momento sean legalmente exigibles.
7.3. Los premios que se concedan en el marco de las campañas promocionales tendrán la
consideración de ganancias patrimoniales no generadas por la transmisión de elementos
patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de I.R.P.F.
y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, dependiendo la tributación definitiva
del premio del valor del mismo, así como de la cuantía de las otras rentas que obtenga el participante
premiado.
7.4. En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, Bosch practicará la
correspondiente retención o ingreso a cuenta sobre el premio entregado, y en su momento, expedirá
la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener
que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con
el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad
que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta.
7.5. Con la aceptación del premio, el participante de cualquiera de las campañas promocionales que
haya resultado ganador habilitará a Bosch para practicar, en nombre del premiado, la oportuna
retención o ingreso a cuenta correspondiente al 21% del valor de cada uno de los premios, o aquel
porcentaje que en cada momento sea legalmente exigible.
7.6. El no disfrute del premio por parte del participante ganador no le eximirá de computar el valor del
mismo como ganancias patrimoniales no generadas por la transmisión de elementos patrimoniales a
efectos de su declaración de I.R.P.F.
7.7. Bosch no será en ningún caso responsable de la incorrecta declaración fiscal que al efecto pueda
hacer el ganador del premio.
8.1. El participante garantiza que es el único titular de los derechos de autor de todos los contenidos
que vaya a poner a disposición en el marco de su participación y se responsabiliza ante Bosch por este
hecho y puede ser excluido si Bosch sospecha que dichos contenidos no son autoría del participante.
8.2. El participante autoriza explícitamente a Bosch a utilizar libremente todos los contenidos que se
pongan a su disposición en el marco de su participación. En particular, autoriza a Bosch a reproducir
y/o exhibir cualquier vídeo, imagen y/o frases de la autoría del participante en cualquier comunicación,
actividades publicitarias y/o promocionales, destinadas a divulgar las iniciativas organizadas por Bosch
o por cualquiera de sus sociedades asociadas, sin que pueda exigir a Bosch ninguna remuneración,
contrapartida o compensación.
8.3. El participante reconoce y acepta que su participación es voluntaria, cediendo expresa e
irrevocablemente a Bosch los derechos sobre los contenidos enviados en el marco de la campaña
promocional, teniendo tal licencia carácter perpetuo y gratuito y pudiendo Bosch ceder estos derechos
gratuitamente a otras empresas.
8.4. Bosch no se responsabiliza de ninguna violación de los derechos de autor y otros actos ilícitos
cometidos por el participante en el marco de la campaña promocional. El participante se obliga a
mantener indemne a Bosch frente a cualquier reclamación de terceros por dichas infracciones.
9.1. Bosch se reserva el derecho de modificar, en cualquier momento y sin necesidad de preaviso, los
términos que figuran en las Bases Generales, así como los términos de cualesquiera de las bases
particulares de las campañas promocionales organizadas por Bosch.
9.2. Cualquier cambio efectuado por Bosch en las Bases Generales entrará en vigor inmediatamente
después de su publicación en la página web de la respectiva campaña promocional.
10.1. Bosch no será responsable de ningún daño o perjuicio que pueda resultar del fallo temporal de
disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de la campaña promocional, del fraude que puedan
cometer los usuarios y, en particular, aunque no de modo exclusivo, del error de acceso a la dirección
electrónica indicada.
10.2. Bosch no se responsabiliza del funcionamiento de los servidores de la página web de la
respectiva campaña promocional ni por los servicios de conexión a Internet o de servidores de correo
electrónico.
11.1. Estas Bases Generales, así como las bases particulares, están sujetas a la ley española.
11.2. Para la resolución de cualquier litigio emergente de la ejecución, no ejecución, incumplimiento,
interpretación o integración de las Bases Generales o resultante de la ejecución de la campaña
promocional, que no se resuelva por mutuo acuerdo, serán competentes los tribunales de la ciudad de
Madrid, en España, con expresa renuncia a cualquier otro, salvo por los casos expuestos en la norma
imperativa.